Juan Pablo García Vallejo
*Reglamentos de control
**La policia sanitaria decimononica
***La intolerancia posrevolucionaria al consumo
*** Primer intento de legalización racional de las drogas
Ciuidad de México a 9 de agosto de 2010.- Ahora que más voces institucionales ya se pusieron de acuerdo para hacer un debate nacional sobre la re-legalización de las drogas para tratar de remediar sus consecuencias sociales, económicas y políticas desastrosas, resulta muy oportuna la publicación de la Cronología médica mexicana. Cinco siglos de Antonio Alonso Concheiro, una coedición de la Editorial Siglo XXI, la Academia Mexicana de Medicina y la Academia Mexicana de Cirugía, en su colección de Salud y Sociedad. Una obra monumental de 737 páginas, redactadas durante 20 años.
Es un trabajo de mucho valor para conocer la evolución, transformaciones y continuidades de las principales instituciones de salud oficiales y privadas dedicadas a atender la salud de los mexicanos desde hace 500 años. Lo que nos interés particularmente ver la información contenida en esta obra sobre lo relacionado a los distintos reglamentos federales para la regulación de las drogas como un problema de salud en México y los distintos tratados internacionales firmados por México para combatir el tráfico de drogas.
Para dejar claro que la prohibición no es eterna y que ha llegado la hora para que la sociedad civil participe directamente en sur regulación, dejando a un lado prejuicios moralistas y justificaciones pseudocientíficas argumentadas por el Estado mexicano.
Las referencias al uso de drogas en el campo de la salud Antonio Alonso Concheiro la comienza en el años de 1580, con la redacción del Tesoro de la medicina, de Gregorio López “donde propone el uso de la mandrágora para ‘suspender la arzón los sentidos’ Durante tres horas en intervenciones quirúrgicas (cortar o cauterizar algún hueso o miembro)”.
Para el siglo XIX, en 1841, se crea la policía sanitaria, el Consejo Superior de Salubridad del Departamento de México y publica un ordenamiento municipal para “que en las boticas no se vendan drogas o medicinas rancias o adulteradas”. En 1843, otro sobre la regulación para el comercio y calidad de drogas: “Se prohíbe a las farmacias despachar recetas a curanderos o personas que no estén legalmente autorizadas.” Todo esto desde la perspectiva preventiva, no punitiva o de persecución social como ahora.
Esto es importante porque se va a dar una epidemia de creación de farmacias, no como la que actualmente vivimos.
En 1870, “Se publica el reglamento del Consejo Superior de Salubridad que entre otros mandatos, previene que ninguna botica, almacén o fábrica de drogas puede abrirse al servicio público sin ser visitado por el Consejo”.
Se expiden reglamentos preventivos peros e sigue la perversa costumbre colonial de “cúmplase pero no se obedezca”, pues en el año 1875: “La Gaceta Médica de México destaca la presencia de un número importante de charlatanes y curanderos en el país, señalando que, a pesar de las clareas intenciones establecidas para aquellos que ejercen la práctica médica sin título legal, rara vez se aplica el castigo correspondiente.” Los que ejercían sin título podían tener una multa de 100 a 1000 pesos o un año de prisión, establecido en 1871.
Para el Fin de siècle, en 1895, “Se abren en la ciudad de México nueve boticas y una más en la villa de Tacuba”. Es esta botica que menciona el recientemente fallecido Monsiváis en su libro Los mil y un velorios. Y no hay que olvidar que es la Época de Oro de los elixires, jarabes balsámicos, tonificadores milagrosos para curar el cansancio, la tos, la neurastenia y que son publicitados en las principales revistas y multitud de periódicos en la ciudad de México.
Ya a inicios del siglo XX, en 1902, el doctor “Juan Manuel Noriega (den Instituto Médico Nacional) publica su Curso de historia de las drogas, una obra canoníca en la farmacología nacional”. Hay que aclarar que la actual Historia de las drogas es una disciplina más plural que solo clínica, porque con esta podemos saber en qué tiempo se consumía tal o cual droga, quiénes la consumían y las consecuencias públicas de esos actos, sin ser satanizadas de antemano ni anteponiendo juicios morales o políticos para su estudio. El consumo de drogas por el afán higienista europeo es considerado en este tiempo produce una decadencia individual. Dos años más adelante, en 1904, se publica el reglamento de medicinas.
Y esto es significativo porque en 1906, “Guillermo Parra (1859-1934) publica el Formulario de la Facultad de Medicina Mexicana. En casi dos de cada diez de las poco más de 2 000 recetas contenidas en dicho formulario aparecen el opio, la morfina, la heroína, la narceína, la coca, la cocaína o la marihuana.”
Para 1914, “Se ensaya en México el empleo de peyote como tónico cardíaco.” Y ya en tiempos revolucionarios, en 1917, comienza la época de intolerancia, de condena moralista, de represión hacia las drogas. Se refunda el Consejo de Salubridad General, que depende directamente del presidente de la república, “Las medidas que adopte el consejo contra el alcoholismo y el consumo de drogas enervantes serán después revisadas por el Congreso de la Unión cuando así le competa (…) Se crea el Departamento de Salubridad Pública, encargado de la policía sanitaria en puertos, fronteras, vacunas, medidas contra el alcoholismo, epidemias, enfermedades contagiosas, preparación y administración de vacunas y sueros, y control de alimentos bebidas y drogas.”
Después del triunfo de los barbaros del norte, En el gobierno de Obregón, “Se regula (15 de marzo) el comercio de productos que pueden ser utilizados para fomentar vicios que degeneren la raza, y sobre el cultivo de plantas (opio, morfina, heroína y cocaína) que puedan ser empeladas con el mismo fin”.
En 1921, “Se organiza la Oficina de Química y Farmacia del gobierno federal (para expedir permisos de importación de drogas, licencias de farmacias y dictámenes sobre patentes de invención de productos medicinales o fórmulas para su elaboración comercial.
Se avisa a directores de escuelas particulares y a dueños de droguerías, boticas y demás establecimientos análogos, al forma y el plazo de comprobar que sus establecimientos se encuentran en condiciones higiénicas reglamentarias.”
A pesar de todos los reglamentos y supervisiones crece el contrabando de drogas y su venta ilegal (todavía no aparecen los narcos), en 1922: “El Departamento de Salubridad califica como problema grave el comerció ilícito de ‘las llamadas drogas heroicas’, por lo que implanta la vigilancia sobre todo en los estados fronterizos del norte para evitar su ingreso al país. Se prohíbe el cultivo de amapolas 8adormideras) y se destruyen los existentes.”
Y para 1923, se lanza la primera campaña antidrogas en México: Crece el problema de importación de “drogas heroicas”, por lo que prohíbe su importación. Se abren en los estados del país diecinueve delegaciones del Departamento de Salubridad Pública, encargadas de la campaña antidrogas. El ejecutivo concede a los denunciantes una participación en las multas que se imponen a quienes comercializan ilícitamente dichas sustancias, y se decreta la expulsión de los extranjeros dedicados a su comercio.”
Para 1925, “Se determina (9 de marzo) que cualquier institución del gobierno federal que necesite importar o adquirir narcóticos para usos medicinales deberá recabar el permiso correspondiente.” (…) Se acuerda (8 marzo) que compete al Departamento de Salubridad Pública impedir el comercio ilícito de drogas heróicas y enervantes, Y se fijan las bases para el remate de narcóticos que provengan del comercio ilícito:” Esta última medida ya la olvidaron durante todos los sexenios del siglo XX y del siglo XXI, implementando la incineración de las toneladas decomisadas.
Y este mismo año, México adopta ya medidas internacionales de intolerancia y condena contra las drogas: “Entra en vigor en México la Convención Internacional del Opio (8 de mayo)”. Y con ello la neo-colonización política del país a las políticas prohibicionistas norteamericanas.
En 1926, “Se decreta (17 de marzo) que sólo el Jefe del Departamento de Salubridad Pública, podrá conceder permiso para el comercio de drogas enervantes. Se fija plazo a los médicos y propietarios de expendios de medicinas para que hagan entrega de las drogas enervantes que tengan en su poder”.
En abril de este año, “Se destruyen plantíos de opio en sonora Y Sinaloa (campa contra el tráfico de narcóticos).
En 1933, “México se afilia (23 de enero) la Convención Internacional de Ginebra (de 1931) para limitar la fabricación y reglamentar la distribución de drogas estupefacientes”. En 1934, se modifica el desperdicio de drogas decomisadas pro al policía. “un reglamentico para el aprovechamiento de drogas enervantes procedentes de decomiso…”.
“ABELARDO l. Rodríguez, presidente de México, autoriza (20 de julio) al d Departamento de Salubridad Pública para que conforme al Reglamento para el aprovechamiento de drogas enervantes procedentes de decomisos, las diversas instituciones de la beneficencia pública cubran a partir de los decomisos sus necesidades en materias de drogas enervantes puras, siempre que dichas drogas no estén comprendidas entre las enumeradas en los artículos 200 y 202 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos.”
Para 1937, “Se autoriza (25 de agosto) la ceración de un comité Nacional Auxiliar del Departamento de Salubridad Pública, encargado de la investigación, estudio y resolución de los problemas que implique el tráfico y consumo ilícito de drogas enervantes”.
Y en 1939, sucede algo bastante importante para cambiar la lucha contra las drogas, de su política represiva, a una política de salud, el destacado y brillante doctor “Leopoldo Salazar Viniegra afirma que ‘los drogadictos son enfermos, no criminales’, apelando a la racionalidad en el tratamiento de las toxicomanías”.
Este intento de legalización de las drogas, será impedido por los norteamericanos al acusar a Salazar Viniegra de ser comunista. (Primera parte)
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